Ciberseguridad para Pymes

Pymes que desean mejorar la seguridad cibernética en sus sistemas de información y telecomunicaciones.
El Programa Pyme Cibersegura tiene como objetivo principal impulsar el uso seguro y fiable del ciberespacio, protegiendo los derechos y las libertades de los ciudadanos y promover el progreso socio económico, así como, reactivar su actividad.
El programa Pyme Cibersegura se caracteriza por su orientación hacia las demandas específicas de las PYMEs españolas, mediante el desarrollo de una metodología mixta de diagnóstico, apoyo en el proceso innovador y difusión del conocimiento.
El programa se materializa a través de las siguientes actuaciones:
Esta fase consiste en la elaboración de un Diagnóstico Asistido, donde se realizará un análisis exhaustivo del nivel de ciberseguridad de la pyme y sus posibilidades de mejora de la protección mediante el estudio de su dependencia de las TIC, riesgos cibernéticos a los que se expone, cultura de seguridad de la información y protocolos de actuación, que permite conocer la situación de la empresa destinataria. El análisis tendrá en cuenta aspectos técnicos, organizativos, regulatorios y normativos, entre otros.
En esta fase, proveedores externos a las Cámaras, realizan la implantación de las soluciones establecidas en el Diagnóstico. El importe máximo financiable es de 4.000 €, si bien las implantaciones pueden ser de mayor cantidad. El coste elegible asociado a la implantación de los planes de acción será variable en
cada caso, fijándose un máximo de 4.280,00 € por empresa (4.000,00 € de coste directo + 7% de costes indirectos asociados).
Este importe será prefinanciado al 100% por la empresa, quien recibirá posteriormente una ayuda, conforme al porcentaje de cofinanciación de FEDER definido en la convocatoria de ayudas.
El plazo máximo para el desarrollo de la fase de ayudas es de 6 meses.
En el siguiente Anexo se pueden consultar los gastos elegibles del Programa Pyme Cibersegura:
El importe máximo de estas actuaciones subvencionables será de 4.000 euros (IVA no incluido), aunque la empresa podrá abordar
implantaciones de mayor cantidad, siendo el porcentaje y cuantía máximos de la ayuda a percibir por la empresa los que se determinen en el apartado 6 de la convocatoria de ayudas publicada.
Adicionalmente, se financiarán los costes indirectos de las empresas, a tipo fijo, aplicando el porcentaje del 7% de los costes directos subvencionables, según art. 54 letra a) del Reglamento (UE) 2021/1060.
Inicio: 27/05/2025 a las 09:00 h
Fin: 31/07/2025 a las 14:00 h
Todas las solicitudes se presentarán por SEDE ELECTRÓNICA.

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