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Las principales normas de interés para el comercio podemos catalogarlas en:
1. Marcado de Precios 2. Horarios Comerciales 3. Ventas promocinales - Saldos - Rebajas - Otras ventas promocionales 4. Registro de comerciantes y comercios
1. MARCADO DE PRECIOS
Todos los productos o servicios de un establecimiento deben estar marcados, poniendo delante del valor numérico las siglas P.V.P.
El precio de venta incluirá todos los impuestos y gravámenes.
Todo lo expuesto en los escaparates tendrá que tener el precio con todos los requisitos señalados y deberá estar visible y legible de forma que el consumidor no tenga necesidad de preguntar.
2. HORARIOS COMERCIALES
La legislación valenciana sobre horarios comerciales prescribe que el número máximo de domingos y festivos, a habilitar durante el ejercicio comercial, es de ocho, los cuales se determian anualmente mediante Orden de la Consellería competente y previo informe del Observatorio del Comercio Valenciano.
El pasado viernes, 2 de marzo, se publicó la Orden de la Consellería de Empresa, Universidad y Ciencia por la que se determinan los domingos y días festivos hábiles para la práctica comercial en este ejercicio.
Durante el período que media entre el 1 de febrero de 2009 y el 31 de enero de 2010, los establecimientos comerciales ubicados en el Comunidad Valenciana podrán abrir al público los domingos y días festivos siguientes:
6 de diciembre de 2009 13 de diciembre de 2009 20 de diciembre de 2009 27 de diciembre de 2009
3 de enero de 2010 10 de enero de 2010 (primer domingo campaña de rebajas de invierno)
Esta habilitación comercial se entiende sin perjuicio de regímenes específicos de horarios comerciales, legalmente establecidos, a los que puedan acogerse los establecimientos comerciales ubicados en la Comunidad Valenciana.
El horario correspondiente a cada domingo y festivo habilitado comercialmente será libremente fijado por el titular del establecimiento comercial, sin que pueda exceder de 12 horas de apertura al público.
Los establecimientos comerciales deberán informar adecuadamente al público sobre su decisión de hacer uso de estas habilitaciones comerciales y, en su caso, de las horas en las que permanecerán abiertos.
3. VENTAS PROMOCIONALES
3.1. Saldos
Este tipo de venta sólo podrá hacerse cuando se trate de productos que por haber perdido actualidad, utilidad objetiva o estar desparejados, no se pueden vender al precio habitual.
Los artículos deberán formar parte de las existencias del vendedor durante un periodo de tiempo no inferior a seis meses.
Para realizar este tipo de venta se precisa comunicarlo previamente al Servicio Territorial de Comercio.
3.2. Rebajas
El período de rebajas debe estar comprendido entre las siguientes fechas:
Rebajas de invierno: Desde el 1º día laborable después de Reyes hasta el 2º sábado de marzo, ambos inclusive. Rebajas de verano: Desde el último lunes laborable del mes de junio hasta el 1º sábado de septiembre, ambos inclusive.
Dentro de estos límites el comercio es libre de efectuar las rebajas con un máximo de 2 meses y un mínimo de una semana.
Las fechas elegidas deberán anunciarse al público en el establecimiento y de forma visible.
3.3. Otras ventas promocionales
Ventas con descuento:
Pueden realizarse en cualquier época del año. Los artículos ofertados serán los habituales del punto de venta, sin que exista ninguna causa que reduzca su valor. Está prohibida la venta a pérdida.
Ventas con liquidación:
Sólo se podrá ejercer en los siguientes casos: cese, cambio de actividad, traspaso o fallecimiento que obligue al cierre al menos un mes. Se precisa autorización del Servicio Territorial de Comercio.
4. REGISTRO DE COMERCIANTES Y COMERCIO
Estar inscrito en el Registro General de Comerciantes y de Comercio es obligatorio tanto para comerciantes como para los establecimientos, y es sancionable por parte de la Consellería.
Para registrarse se precisa rellenar los impresos correspondientes; y adjuntar copias del D.N.I./N.I.F., Licencia de apertura, Alta en el IAE y/o último recibo de pago del IAE.
Se puede realizar el Registro en la AFIC.
Para mayor información e impresos de inscripción consulte la página web:
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